¿Que es el AMIPCI?
¿A que se dedica el AMIPCI?
Infracciones Informáticas
Ley de Propiedad Intelectual en Mexico
Ley Federal de Competencia
PROFECO
SIICEX
Situacion Juridica Actual en Mexico
Esta asignatura aporta al perfil del Ingeniero en Tecnologías de Información y Comunicaciones la capacidad para: Aplicar los elementos y conceptos de los negocios electrónicos para su correcta planeación y posterior implementación.
miércoles, 13 de julio de 2016
domingo, 10 de julio de 2016
sábado, 9 de julio de 2016
Unidad 4 Introducción a los Sistemas de Pago Electrónico
Mapas Mentales.
- 4.1. Origen del dinero.
- 4.2. Sistemas de pago tradicionales.
- 4.3. Sistemas electrónicos de pago.
- 4.4. Dinero electrónico.
PDF.
- 4.5. Sistemas basados en tarjetas de crédito.
- 4.6. Sistemas electrónicos de débito y prepago.
- 4.7. Sistemas de micro pago.
Presentaciones en Power Point.
- 4.8. Condiciones para el micro pago.
- 4.9. Esquemas de micro pago.
- 4.10. Factura y firma electrónica.
PDF.
- 4.11. Certificación de documentos electrónicos.
Presentaciones de Prezzi.
- 4.12. Situación actual de la factura y firmas electrónicas en México.
martes, 5 de julio de 2016
3.14. Plataformas de colaboración.
Plataformas de colaboración.
El crecimiento exponencial de dispositivos móviles inteligentes, redes sociales, aplicaciones de vídeo y servicios Cloud han transformado significativamente la manera de relacionarnos tanto en el trabajo como en la vida personal.
A su vez, la nueva generación de jóvenes trabajadores -especialmente los menores de 30 años- demandan un entorno laboral más flexible que les permita decidir cómo, cuándo y dónde desempeñar sus tareas, así como el dispositivo utilizado y la forma de interactuar con los grupos de trabajo.
Esta nueva realidad convierte la elección de una plataforma de Colaboración en algo fundamental. Cisco ofrece cinco recomendaciones que ayudan a las organizaciones a seleccionar una plataforma flexible, capaz de proteger la inversión y de responder a las demandas más exigentes ahora y en el futuro:
· Plataforma agnóstica frente al dispositivo y al sistema operativo. El uso de los dispositivos personales en el trabajo -conocido como Bring Your Own Device- es un fenómeno imparable. De los 350 millones de smart phones que se usarán en las empresas en 2016, 200 millones serán propiedad de los empleados1, mientras el 76 por ciento de los responsables de TI consideran BYOD como algo positivo para sus compañías2 por la mayor productividad y satisfacción en el trabajo. Una solución de Colaboración debe soportar por igual las diversas plataformas de dispositivos -incluyendo terminales y sistemas operativos- con independencia del fabricante.
· Convergencia optimizada de canales para las distintas necesidades. La evolución de las Comunicaciones Unificada ha facilitado la convergencia de múltiples canales -datos, voz y vídeo- sobre las redes IP corporativas. Sin embargo, hay una clara diferencia entre la distribución de dicho tráfico en entornos locales -como la oficina- y entornos globales diseñados para miles de usuarios -cada uno con sus propias necesidades- pero con los mayores niveles de rendimiento, fiabilidad y seguridad. Una plataforma de Colaboración debe optimizar la integración de aplicaciones de datos, voz y vídeo según cada necesidad y de forma transparente para los usuarios.
· Flexibilidad de opciones: on-premise o en la ‘nube’. El creciente interés por aplicaciones de negocio flexibles y en host -incluyendo la Colaboración mediante voz y vídeo- ha provocado que un 70 por ciento de las organizaciones utilicen ya algún tipo de tecnología Cloud3. No obstante, vivimos en un mundo de múltiples Clouds, obligando a los departamentos de TI a gestionar una amplia variedad de opciones, desde Clouds privados hasta públicos y mixtos. Una plataforma de Colaboración debe ofrecer sus servicios bajo cualquier modelo, ya sea on-premise (instalada en las oficinas de la empresa), en nubes públicas gestionadas por proveedores de servicios o en entornos híbridos, sin pérdida de funcionalidad y con la máxima seguridad y calidad.
· Soporte integrado y global. Al considerar una plataforma de Colaboración, la capacidad de planificación, ejecución y soporte del proveedor resulta esencial. Su diseño incide directamente sobre el soporte, ya que ciertos proveedores se apoyan en terceros para adquirir distintas piezas (teléfonos, terminales de vídeo, gateways multimedia o switches para redes LAN e inalámbricas). Aunque esto no supone un reto tecnológico si se cumple con los estándares, sí resulta problemático a la hora de proporcionar soporte. El proveedor de la plataforma de Colaboración debe garantizar un soporte integrado para todas las piezas del sistema, global y con un punto único de contacto, o bien contar con partners que garanticen este modelo de servicio.
· Verdadero coste de despliegue. Al igual que con cualquier inversión estratégica, es necesario valorar el verdadero coste de despliegue de la plataforma de Colaboración, evitando complejas licencias y el pago extra por componentes adicionales como hardware o soporte. La adquisición de licencias debe ser clara y hay que examinar qué ofrecen las licencias ‘aparentemente’ gratuitas.
Fuente: http://carolinadelarosa.blogspot.mx/2014/10/314-plataformas-de-colaboracion.html
3.13. Integradores de la cadena de valor.
Integradores de la cadena de valor
Un modelo de comercio electrónico muy semejante a los proveedores de la cadena de valor es el de los integradores de la cadena de valor. Éstos se centran en la integración de los múltiples eslabones de la cadena de valor, aprovechando el flujo de información que fluye por toda la cadena con una máxima eficacia. La diferencia con los proveedores de la cadena de valor es principalmente el número de proveedores que interviene, ya que mientras el integrador es único, los proveedores pueden ser varios. La eliminación de diferentes números de contratación a terceros aumenta la eficiencia y ahorro de tiempo.
- Tipo de Transacción: Compras y Ventas.
- Clientes: Empresarial (B2B).
- Productos: Intangibles y de alto contenido informativo.
- Mercados: Gran volumen de clientes y fidelización de los clientes, aportando información personalizada.
- Empresa: Empresas con alto nivel de informatización, perfil empresarial innovador y con capacidad de inversión elevada.
Fuente:http://salgadoebusiness.blogspot.mx/2014/10/313-integradores-de-la-cadena-de-valor.html
3.12. Proveedores de servicios en la cadena de valor.
Proveedores de servicios en la cadena de valor
El concepto de business process outsourcing, BPO (contratación en el exterior de ciertas operaciones de la empresa) normalmente evoca imágenes de licenciados universitarios contratados por muy poco dinero atendiendo el teléfono en centros de recepción de llamadas de la India, Singapur o Filipinas. También sugiere ingenieros de software rescribiendo el código arcano en la oficina de un parque tecnológico de Bangalore, Pekín o alguna otra parte del mundo en desarrollo por una pequeña parte del salario que sus equivalentes en Estados Unidos ganarían en un trabajo similar.
Éstos se centran en la integración de los múltiples eslabones de la cadena de valor, aprovechando el flujo de información que fluye por toda la cadena con una máxima eficacia. La diferencia con los proveedores de la cadena de valor es principalmente el número de proveedores que interviene, ya que mientras el integrador es único, los proveedores pueden ser varios. La eliminación de diferentes números de contratación a terceros aumenta la eficiencia y ahorro de tiempo.
Fuente:http://carolinadelarosa.blogspot.mx/2014/10/312-proveedores-de-servicios-en-la.html
3.11. Comunidades virtuales.
Comunidades Virtuales.
Las comunidades Virtuales son espacios en Internet destinados a facilitar la comunicación entre los miembros del grupo al que pertenecen y que se encuentran en distintos puntos geográficos.
Así los integrantes colaboran a través de medios de comunicación como listas de distribución, grupo de noticias, canales de chat, mensajería instantánea y otros recursos compartidos como bibliotecas, juegos, documentos, etc. Dentro de una comunidad virtual, existen 2 tipos de roles que son asignados a los miembros del grupo, por un lado se encuentran los administradores que manipulan y coordinan la comunicación y la información de la comunidad y por otro lado los participantes, que emplean los recursos proporcionados por el administrador para llevar a cabo los fines definidos:
Los elementos que definen una comunidad son las siguientes:
- Objetivo
- Identidad del grupo
- Reconocimiento
- Medio
- Jerarquía
- Liderazgo
Bases comunes de las comunidades virtuales:
- Moderación: Todas las comunidades tienen normas, roles de usuario. Las normas tienen recompensas como pasar de contribuyente a moderador, castigos como puede ser la expulsión del grupo.
- Protocolo de común: Todos los miembros se comunican de forma homogénea para poder entenderse y evitar divisiones.
- Interacción: Sin interacción la comunidad pierde todo el sentido, aunque también se pueden definir diferentes tipos de interacción, como puede ser libre, sin moderación, o censurada con moderación.
- Afiliación. La afiliación puede tener carácter voluntario sin características específicas o que requieran el cumplimiento de algún requisito.
Fuente: http://asphanie-lg.blogspot.mx/2014/10/311-comunidades-virtuales.html
3.10. Escaparate de marketing
Escaparate de marketing
El escaparate
Del diseño y de la exposición de los productos en el escaparate, depende la imagen de nuestro comercio. Si la imagen es positiva, los potenciales clientes decidirían entrar a comprar, pero si es negativa seguramente pensaran en acudir a otro local de la competencia y esto puede significar el fracaso del negocio.
Podemos definir escaparate como un espacio tridimensional de exposición de productos, que cumple las siguientes funciones
· -llamar la atención y despertar el interés de los potenciales compradores
· -generar el deseo de entrar en el establecimiento
· -proporcionar a la tienda una imagen diferenciada de la competencia
· -dotar de vida al establecimiento
· -presentar productos
· Provocar el proceso de decisión de compra
Tipos de escaparates
La decisión sobre qué tipo es el más conveniente para cada establecimiento depende de numerosos factores arquitectónicos, técnicos, estéticos, comerciales, etc.
· Escaparate de fondo abierto
· Escaparate de fondo cerrado.
Fuente:http://carolinadelarosa.blogspot.mx/2014/10/310-escaparate-de-marketing.html
3.9. Centros comerciales.
CENTROS COMERCIALES
Se puede definir un Centro Comercial como un conjunto de establecimientos comerciales independientes, planificado y desarrollado con criterio de unidad, que dispone permanentemente de una imagen y gestión unitaria.
Es un espacio donde se concentra la oferta comercial para ganar atractivo hacia el público. (El comercio a pie de calle está siguiendo este ejemplo, reconvirtiéndose en concentraciones comerciales a través de asociaciones
El comprador, al visitar un centro comercial, ya sabe que hallará en un mismo edificio diversas ofertas y que tiene la posibilidad de satisfacer sus necesidades de consumo sin acudir a otro lugar. Por eso este tipo de centro, que también se conoce shopping center, shopping o mall, incluye locales comerciales, restaurantes, salas de cine y otros servicios.
Es importante establecer que existen diversos tipos de centros comerciales. En concreto, entre los más significativos se encuentran los siguientes:
• Community Center. La principal particularidad de esta modalidad es el hecho de que está destinado al uso diario de los clientes. De ahí que esté dotada de supermercado para que así ellos puedan encontrar los productos de primera necesidad que requieren. Por regla general, cuentan con un único piso y es habitual que incorporen además cines.
• LifeStyle Center. Dentro del conjunto de centros comerciales existentes en estos momentos en todo el mundo, este tipo ha conseguido convertirse en uno de los más grandes y espectaculares. Y es que en él se encuentran multitud de servicios de toda índole. Así, además de tiendas, se hallan conformados por hoteles e incluso por espacios amplios para celebrar reuniones empresariales o eventos de cierta envergadura.
• Fashion Mall. Como su propio nombre indica, gira en torno a lo que sería el mundo de la moda. De ahí que se halle compuesto de un mínimo de cien tiendas dedicadas en exclusividad a la ropa. Se identifica también porque no incorpora supermercado.
Es un espacio donde se concentra la oferta comercial para ganar atractivo hacia el público. (El comercio a pie de calle está siguiendo este ejemplo, reconvirtiéndose en concentraciones comerciales a través de asociaciones
Es importante establecer que existen diversos tipos de centros comerciales. En concreto, entre los más significativos se encuentran los siguientes:
• Community Center. La principal particularidad de esta modalidad es el hecho de que está destinado al uso diario de los clientes. De ahí que esté dotada de supermercado para que así ellos puedan encontrar los productos de primera necesidad que requieren. Por regla general, cuentan con un único piso y es habitual que incorporen además cines.
• LifeStyle Center. Dentro del conjunto de centros comerciales existentes en estos momentos en todo el mundo, este tipo ha conseguido convertirse en uno de los más grandes y espectaculares. Y es que en él se encuentran multitud de servicios de toda índole. Así, además de tiendas, se hallan conformados por hoteles e incluso por espacios amplios para celebrar reuniones empresariales o eventos de cierta envergadura.
• Fashion Mall. Como su propio nombre indica, gira en torno a lo que sería el mundo de la moda. De ahí que se halle compuesto de un mínimo de cien tiendas dedicadas en exclusividad a la ropa. Se identifica también porque no incorpora supermercado.
Fuente:http://itrnegocioselectronicos1.blogspot.mx/2014/10/39-centros-comerciales.html
3.8. Subastas electrónicas.
Subastas electrónicas.
Es un proceso dinámico de negociación de precios online entre proveedores que utiliza las tecnologías de la información y comunicaciones.
El sistema aporta presentaciones visuales de los productos, pero sobre todo supone una integración del proceso de pujas con el de contratación, pago y entrega.
Debido a los bajos costes, es un mecanismo válido para la venta de pequeñas cantidades de productos, productos excedentes, con escasos márgenes, etc.
El principal beneficio es la reducción de costes de gestión y de obtención de ofertas.
· Tipo de Transacción: Compras y Ventas.
· Clientes: Modelo de comercio electrónico realizado entre empresas (B2B).
· Productos: Productos con alta capacidad de negociación: excesos de stock, productos orientados al coleccionismo, productos o servicios de especial singularidad como obras de arte, productos perecederos como billetes de avión, productos escasos ya que las subastas son un buen mecanismo para regular el precio entre la oferta y la demanda, productos estandarizados, no muy complejos y con características muy definidas, unidades pequeñas de productos y especialmente productos muy competitivos económicamente.
· Mercados: Mercados especializados, alejados físicamente, nuevos mercados donde las subastas permiten identificar nuevos clientes.
· Empresa: No es necesario un alto conocimiento tecnológico ni una alta inversión.
No es necesario una posición de liderazgo en el sector.
· Objetivos:
- Identificar nuevos clientes y/o proveedores.
- Abrir nuevos mercados.
- Reducir costes en la intermediación y la gestión.
- Aumentar ventas.
Es un proceso dinámico de negociación de precios on line entre proveedores preseleccionados para conseguir una parte del negocio. Es una manifestación del B2B (Business to Business). Se trata de un nuevo sistema de negociación en el que, en cierto modo, desaparece la relación personal con el cliente para convertirla en una negociación a través de internet. Se denominan subastas inversas. La subasta electrónica también se conoce como negociación electrónica, subasta inversa o puja por Internet.
En contra del sistema tradicional, gana el lote el que menor precio oferte. Las subastas electrónicas han tenido un crecimiento del 75% del año 2000 al año 2003 habiéndose implantado en numerosos sectores productivos: automoción, energía aeroespacial, contratación pública, etc.
Fuente: http://carlospmtz.blogspot.mx/2014/10/38-subastas-electronicas.html
http://negocios--electronicos.blogspot.mx/2014/10/38-subastas-electronicas.html
3.7. Licitaciones electrónicas.
Licitaciones electrónicas.
Las licitaciones electrónicas se conciben en compranet como procesos de contratación en los cuales los proveedores y contratistas, opcionalmente, pueden presentar en forma electrónica sus propuestas técnicas y económicas; es decir, cuando las licitaciones se emitan con modalidad de participación electrónica, las empresas podrán optar por presentar sus propuestas de la manera tradicional o enviarlas por medios remotos de comunicación electrónica.
Procedimiento para que un licitante pueda participar en licitaciones en forma electrónica.
Los interesados que a su elección opten por participar en licitaciones públicas, a través de medios remotos de comunicación electrónica, deberán acudir a las oficinas de la SFP, con el propósito de que obtengan la certificación del medio de identificación electrónica.
Licitaciones Federales
Son todas las licitaciones que llevan a cabo las dependencias Federales y los Estados y Municipios con cargo total o parcial a fondos Federales.
Licitaciones Estatales: En las Licitaciones Estatales existen dos opciones:
- Licitación Estatal con presupuesto propio (Presupuesto Estatal)
- Licitación Estatal con presupuesto Federal.
Licitaciones Municipales
En las licitaciones municipales aplican los mismos mecanismos que en las estatales, sólo que en un ámbito de menor alcance.
3.6. Tiendas electrónicas.
Tiendas electrónicas.
Una tienda en línea (también conocida como tienda online, tienda virtual o tienda electrónica) se refiere a un comercio convencional que usa como medio principal para realizar sus transacciones un sitio web de Internet. Los vendedores de productos y servicios ponen a disposición de sus clientes un sitio web en el cual pueden observar imágenes de los productos, leer sus especificaciones y finalmente adquirirlos. Este servicio le da al cliente rapidez en la compra, la posibilidad de hacerlo desde cualquier lugar y a cualquier hora. Algunas tiendas en línea incluyen dentro de la propia página del producto los manuales de usuario de manera que el cliente puede darse una idea de antemano de lo que está adquiriendo; igualmente incluyen la facilidad para que compradores previos califiquen y evalúen el producto. Típicamente estos productos se pagan mediante tarjeta de crédito y se le envían al cliente por correo, aunque según el país y la tienda pueden haber otras opciones, como Paypal. La inmensa mayoría de tiendas en línea requieren la creación de un usuario en el sitio web a partir de datos como nombre, dirección y correo electrónico.
Una tienda virtual está abierta las 24 horas del día los 365 días del año, y no necesita ninguna persona a disposición de esta para atenderla.
Una tienda virtual puede actuar como un catálogo donde sus clientes consulten sus productos y posteriormente (vía telefónica o personalmente) adquieran los mismos. También es posible automatizar todo el circuito de venta permitiendo que los clientes hagan su pedido y abonen por medio de tarjetas de crédito/débito, transferencias bancarias o cualquier otro medio de pago. Esto depende del tipo de tienda virtual, la mayoría poseen esta característica.
Fuente: http://negocios--electronicos.blogspot.mx/2014/10/36-tiendas-electronicas.html
http://solcitlaly.blogspot.mx/2014/10/tiendas-electronicas.html
3.5. Modelos de Negocios.
MODELOS DE NEGOCIOS
Una posible clasificación de modelos de negocio en el comercio electrónico, según la competencia o colaboración -a través de la red- entre los participantes, y según el mecanismo de determinación de precios, es la siguiente:
Comprador individual, vendedor individual
Este es el esquema tradicional, con precios fijos e iguales para todos los clientes, trasladado al ciberespacio. Aquí la novedad está principalmente en las dimensiones posibles del mercado y en la agilidad y potencia del manejo de la información.
Comprador individual, vendedores compitiendo
Es el equivalente al esquema de la licitación: Un potencial comprador publica en la web su requerimiento de un producto o servicio, y varios potenciales vendedores hacen sus ofertas.
La transacción se realiza en las condiciones más favorables para el comprador: el precio final es el menor de los postulados.
Firmas como Imandi.com, Respond.com, iWant.com y eWanted.com utilizan este tipo de modelo. Este esquema tiene una potencialidad enorme para que las empresas obtengan buenos precios de sus proveedores de una manera sumamente expedita.
Comprador individual, vendedores colaborando
Este modelo corresponde a la conformación de un producto o servicio compuesto, en el que cada vendedor colabora aportando una parte. El ejemplo típico es el caso de contratar a través de la red la realización de un proyecto de cierta complejidad, en el que se requiere la participación de contratistas de diferentes disciplinas, los cuales se pueden coordinar a través de la misma red. El precio de la transacción es el acordado por todas las partes.
Compradores compitiendo, vendedor individual
Un potencial vendedor publica en la web la oferta de un producto, y varios potenciales compradores compiten en un proceso de puja declarando los precios que están dispuestos a pagar. Cada participante va conociendo los precios declarados por los demás, los cuales aumentan, hasta que la transacción se realiza al precio máximo, o sea en las condiciones más favorables para el vendedor.
Las más destacadas empresas que usan este modelo son: eBay, Amazon.com y Yahoo.
Compra grupal: Compradores colaborando
Este es un esquema de agregación de demanda: varios compradores, interesados en ejemplares de un mismo producto, se coordinan gracias al poder de comunicación ofrecido por la red, para realizar una compra de mayor volumen, logrando descuentos respecto al precio que cada uno obtendría si comprara por separado y en distintos tiempos.
Las primeras firmas en utilizar este modelo han sido Mercata.com y Accompany.com.
“El cliente pone el precio” y Regateo
Los compradores dicen cuánto están dispuestos a pagar, y los vendedores deciden si ofrecen sus bienes o servicios a esos precios. La primera firma en experimentar con este modelo ha sido Priceline.com. Por otra parte, algunos sitios, como NexTag.com, HaggleZone.com y MakeUsAnOffer.com exploran la viabilidad de permitir el regateo o negociación del precio.
Precio por debajo del costo
Firmas como Buy.com y Onsale.com están probando un modelo basado en comenzar a vender al costo o por debajo de este, con el objetivo de atraer una clientela voluminosa y fiel, y luego, gradualmente, ir teniendo ganancias con el ofrecimiento de productos “empaquetados”, además de ingresos por publicidad.
Precio cero
Este modelo se basa en la posibilidad de obtener otra fuente de ingresos, usualmente la publicidad, que subsidie al producto o servicio gratuito. En Internet ha sido ensayado hasta ahora por muchos sitios web en servicios como el suministro de información y el correo electrónico.
El Trueque
Un grupo de sitios web, como: Swap.com, WebSwap.com, Intellibarter.com, MrSwap.com, y SwapRat.com están trabajando con un modelo de negocio consistente en facilitar el trueque o intercambio de bienes entre las personas, sin que sea necesaria la mediación de dinero entre estos. Cada persona es simultáneamente comprador y vendedor.
Fuentes:http://negocios--electronicos.blogspot.mx/2014/10/35-modelos-de-negocios.html
3.4. Aspectos legales.
Aspectos Legales Del Comercio Electrónico.
1.- Información precontractual o Condiciones de Venta:
Toda venta o transacción de bienes o servicios, sea en el medio físico o a través de Internet, supone la celebración y aceptación de un contrato entre las partes. En Internet, para que su celebración y aceptación tenga validez y despliegue sus efectos en cuanto a obligaciones, derechos y garantías para consumidores, usuarios y comerciantes, ha de cumplir los siguientes requisitos:
A) Identificación: Los comerciantes deberán poner a disposición de sus consumidores y usuarios, información relativa a su identificación, medios de contacto o atención al cliente, así como aquella información específica relativa a la identificación de su actividad en los casos legalmente exigidos (licencias, colegiación, etc.)
B) Características productos y servicios: Deberá facilitarse a los consumidores información concreta acerca de las características de los productos y servicios objeto de comercialización.
C) Costes: En relación con los costes de la transacción, se deberá facilitar al consumidor el desglose claro y comprensible del precio total de la transacción, así deberá expresarse: precio del producto, impuestos, gastos de transporte, posibles gastos asociados al medio de pago, etc.
D) Forma de pago y modalidades de entrega o ejecución: Deberá especificarse las formas de pago que el comerciante pone a disposición del consumidor, especificando en cada caso el procedimiento de pago. Igualmente se facilitarán al consumidor las modalidades de entrega o ejecución previstas.
E) Renuncia o desistimiento: La normativa otorga al consumidor el derecho de desistimiento o renuncia del contrato durante el plazo de 7 días hábiles desde la entrega (aunque este plazo va a ser ampliado a 14 días con las modificaciones normativas previstas). Por ello, deberá facilitarse al consumidor información relativa al ejercicio de su derecho de desistimiento; procedimiento, condiciones, etc.
F) Disponibilidad del documento contractual: Se trata de un aspecto específico de la contratación electrónica, pues el comerciante deberá garantizar la puesta a disposición del consumidor del documento contractual, así como informar si va a proceder al archivo o mantenimiento del mismo, y las condiciones para su acceso, en su caso.
En estos casos, podrá acudirse a los denominados "Terceros de Confianza" cuyo principal objetivo es dotar de garantías de autenticidad y seguridad jurídica al documento contractual en caso de conflicto entre las partes, a través de la utilización de certificados de firma electrónica, sellados de tiempo en el almacenamiento de los documentos contractuales.
G) Resolución de conflictos /Adhesión a Códigos de Conducta: En las condiciones de venta o documento contractual, el comerciante deberá informar acerca de los procedimientos previstos en caso de conflicto entre las partes (procedimientos extrajudiciales de resolución de conflictos, etc, y si el mismo se encuentra adherido a algún Código de Conducta.
2.- Protección de Datos de Carácter Personal:
Como en cualquier otra actividad comercial, el comercio electrónico entra dentro del ámbito de aplicación de la normativa sobre protección de datos de carácter personal, y el comerciante deberá cumplir las obligaciones y establecer las medidas exigidas por la normativa. De forma resumida, las obligaciones establecidas para la protección de los datos personales de los consumidores y usuarios son las siguientes:
- Información y derechos: Deberá facilitarse al consumidor información relativa a los tratamientos de datos personales previstos, la finalidad de dichos tratamientos, si los datos van a ser cedidos a terceros o transferidos a otros países, la identificación del responsable del fichero, y los medios puestos a disposición para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
- Medidas de seguridad: El comerciante deberá implantar en sus bases de datos y sistemas de información las medidas de seguridad de carácter jurídico, técnico y organizativo exigidas por la normativa sobre protección de datos de carácter personal, y que variará en función de la sensibilidad de los datos tratados.
- Cookies: La normativa reguladora de las cookies, ha sido incorporada en el art. 22 de la LSSI, que exige para la utilización de este tipo de ficheros, que se facilite al usuario una información clara y completa de las cookies que se utilizan en el sitio web, así como el consentimiento del usuario para dicha utilización, al considerar que las cookies obtienen datos de carácter personal.
3.- Información posterior al contrato:
El comerciante está obligado a confirmar la recepción de la aceptación/formalización del contrato al consumidor, por alguno de los siguientes medios:
• El envío de un acuse de recibo por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente a la dirección que haya indicado el consumidor en las 24 horas siguientes a la aceptación de la contratación.
• La confirmación, por un medio equivalente al utilizado en el procedimiento de contratación, de la aceptación recibida, tan pronto como el aceptante haya completado el procedimiento de compra, siempre que la confirmación pueda ser archivada por el consumidor, o se facilite un medio de acceso a la misma.
Se entenderá que se ha recibido la aceptación y confirmación cuando tanto el comerciante como el consumidor puedan tener constancia de ello.
¿Qué cambios normativos vienen?
Se encuentra en desarrollo Anteproyecto de Ley por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios, y que transpondrá a la legislación española la Directiva 2011/58/UE sobre los Derechos de los Consumidores. Se trata de modificaciones importantes, pues tienen como objetivo principal reforzar la seguridad jurídica de los consumidores en sectores como el comercio electrónico y las transacciones a distancia.
Muchas de estas modificaciones ya han sido comentadas a lo largo de la presente colaboración, pero habrá de estar pendientes de su aprobación definitiva, pues aún pueden producirse cambios, que sin duda deberán ser tenidos en cuenta por los comerciantes para el éxito de sus negocios.
MARCO JURÍDICO NACIONAL
El ciberconsumidor mexicano está protegido cuando realiza compras por internet. La Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) contiene disposiciones generales sobre comercio electrónico en su capítulo VIII bis (De los derechos de los consumidores en las transacciones efectuadas a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología).
LINEAMIENTOS INTERNACIONALES
Las autoridades de protección al consumidor alrededor del mundo han desarrollado una serie de lineamientos que buscan otorgar una mayor protección a los consumidores en línea.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) desarrolló, en 1999, las Directrices para la Protección de los Consumidores en el Contexto del Comercio Electrónico. Se trata de una serie de recomendaciones encaminadas a lograr que los proveedores de bienes y servicios a través de internet cumplan con las disposiciones de las leyes de protección al consumidor. Así se garantiza que el consumidor reciba adecuados niveles de protección cuando realiza sus transacciones comerciales por internet.
MEDIDAS DE PRECAUCIÓN
Al realizar operaciones comerciales en línea, es importante tener en cuenta los siguientes aspectos:
- El proveedor debe informar claramente su identidad, denominación legal y datos de ubicación física (dirección, teléfono y fax), para que el ciberconsumidor pueda hacer alguna reclamación en caso de que se presente un problema.
- El proveedor por internet está obligado a brindar una descripción veraz de las características de los productos, para que el consumidor pueda tomar una decisión de compra bien informada.
- En el caso de los proveedores mexicanos en línea, los precios deben estar expresados en moneda nacional y, en caso de existir cargos adicionales por envío de los productos, se deben señalar claramente, junto con las condiciones y formas de pago.
- El portal debe declarar sus políticas de privacidad. Esto es importante porque es probable que se requiera al ciberconsumidor que revele datos de carácter privado, como el número de la tarjeta de crédito.
- También deben estipularse con claridad las políticas de devolución de mercancías, así como las garantías, las condiciones generales de la transacción, restricciones para la compra de bienes y servicios (como es el caso de ubicación geográfica, de tiempo, por tipo de producto o cantidad a adquirir).
Adicional a las medidas básicas anteriores, se sugiere la visita a los siguientes sitios web en donde se encontrará información amplia sobre aquellas medidas que los consumidores en línea deben considerar antes de realizar transacciones comerciales electrónicas. ¡Estar informado es estar protegido!
Fuente: http://www.profeco.gob.mx/internacionales/com_elec.asp
https://www.womenalia.com/es/expertos/la-tribuna-del-consejo/179-marketing-y-ventas/1696-aspectos-legales-del-comercio-electronico
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